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Sp. Barracas de Colón

El Tribunal de Federación Norte falló a favor de Barracas

  • Categoría de la entrada:Fútbol / Varios

El pasado viernes informamos en exclusiva que Paraná FC había presentado ese mismo día protesta del partido perdido ante Barracas por 3 a 0 por indebida inclusión de dos jugadores del equipo de Colón. Este martes el Tribunal de Disciplina de FNF falló a favor de Barracas. Demasiado desprolijo en el caso del jugador Alegre.

 

El Tribunal no falló de manera favorable a la protesta de Paraná FC, La misma presentaba un argumento válido; en el caso de Herrera, que estaba como ENTRADO en ese Club era de esperar, inclusive por lo que expresa el Tribunal sobre esa frase, pero en el caso ALEGRE, el Tribunal lo empareja con Herrera y es totalmente distinto, no figura como ENTRADO EN BARRACAS, estaba en otro club de otra liga, más allá que en ambos casos figuraban como VERIFICADO en dos clubes de AFA.

 

La resolución

PROTESTA PRESENTADA POR EL CLUB PARANA DE SAN PEDRO respecto del partido disputado el
día 27/10/2021 con el CLUB SPORTIVO BARRACAS DE COLON.
La liga Sampedrina de fútbol acompaña el depósito correspondiente a la protesta de su afiliado el
Club Paraná, quien reclama los puntos correspondientes al partido disputado y finalizado con el
Club Sportivo Barracas, en el que se impusiera éste último por el resultado 3 a 0.
Concretamente refiere a la incorrecta habilitación de los jugadores Pablo Daniel Herrera y Kevin
Ezequiel Alegre, quienes participaron del encuentro.
Refiere que el jugador Herrera figura ENTRADO en el sistema COMET para el Club Barracas, pero
inscripto y verificado en Rosario Central
Por su parte que el jugador Alegre se encuentra registrado en el Club Sarmiento de Junín, mientras
que se encuentra en condición de entrado para Hughes F.C. de la Liga Venadense de fútbol no
figurando inscripto en dicho sistema para el Club Sportivo Barracas, adjuntando la documentación
que entiende funda su derecho. Respecto de la lista de buena fe presentada, refiere no estar
homologada por la Liga de Origen y por el organizador.

 

 

EN LAS DOS PRIMERAS FOTOS SE PUEDE VER EL ESTADO DE CADA JUGADOR EN EL SISTEMA COMET. EL REGLAMENTO DE FEDERACIÓN EXPRESABA QUE DEBÍA ENCONTRARSE DEBIDAMENTE REGISTRADO, LO QUE EN LAS IMÁGENES DEL DÍA VIERNES CLARAMENTE NO LO ESTABAN.

LA RESOLUCIÓN….. (continúa)

Dado trámite a la protesta se dio traslado con la urgencia que requeria el caso al Club Sportivo
Barracas.
Su dirigencia enfáticamente rechaza el planteo indicado que ambos jugadores son de su
propiedad, adjuntando a tal efecto las constancias de las transferencias concedidas a los mismos.
Por su parte la Liga de Colon, corrobora lo expuesto.
En punto a resolver, este tribunal ha solicitado la colaboración de la Federación Norte de Fútbol y
de la Liga Mercedina para hacerse de pruebas a fin de resolver con claridad la presente protesta.
De Federación se recibieron las listas de buena fe del Club Sportivo Barracas para el presente
torneo y su continuidad luego de la suspensión de la actividad por el COVID 19.
Del cotejo de ambas folios 4 y 13 no se advierten diferencias en cuanto la nómina de jugadores,
esta ultima presenta la homologación de la Liga de Colón y sello y firma de la organización, por lo
que se descarta uno de los entuertos planteados por el quejoso ya que sumado a las constancias
de las transferencias concedidas a dichos jugadores nada supone que estuvieran inhabilitados para
jugar.

En cuanto a la situación en el sistema COMET, cabe recordar que en el último Torneo Regional
Federal Amateur, el CFFA dispuso mediante un Despacho propio, previo al inicio del campeonato
que habilitaba a jugar a aquellos que en el sistema COMET surgieran como ENTRADOS.
Por otra parte el referido sistema impide a un club o una liga cargar un nuevo registro sobre el
jugador que figura ENTRADO para otra institución, lo que conlleva el perjuicio para el jugador ya
que no se destraba si situación pese a que como en los casos de los Jugadores ALEGRE Y HERRERA
contaban con su libertad de acción y pase concedido por la liga cedente. (NdlR: El jugador ALEGRE no estaba en esa condición «entrado» al momento de la protesta)
Ponderados los argumentos defensivos en cuanto a la información reflejada por el sistema
COMET, referente a la situación reglamentaria de los jugadores por el cual los mismos estarían
habilitados, tal como sostuvo oportunamente “in re” expediente 4419/20, Boletin Oficial 8/20 el
Tribunal de Disciplina del CFFA, que resolvió en una situación análoga, revocar su primera decisión
en que hicieran lugar primigeniamente a la protesta de un partido, confirmando en la revoctoria el
resultado obtenido en cancha.

Al día de la fecha la situación de dichos jugadores se encuentra regularizada conforme las planillas
aportadas del sistema COMET….

NdlR: ¿no tendría que haber sido al día de la protesta?… En el sistema se denomina REGISTROS DE ESTADOS Y SOLO EL ADMINISTRADOR PUEDE VER, DEJAMOS ABAJO UNA IMAGEN DE UN JUGADOR DEL CUAL GENTILMENTE NOS PASARON PARA VER COMO QUEDA DENTRO DEL SISTEMA)

Cada  movimiento que se realiza de un determinado jugador, queda plasmada la fecha, hora y nombre de usuario. Federación se deja llevar por lo que puede apreciar en el sistema, las fechas a la vista de todos puede no ser la correcta.

 

Ello sin que se advierta desincronización de fechas que pudieran hacer suponer algún tipo de irregularidad de sus registros.
Por todo ello, se resuelve: RECHAZAR la protesta presentada por el Club Paraná de la Liga de San Pedro, confirmando el resultado obtenido en el partido, disponiendo que el depósito correspondiente a la misma se derive a cuenta gastos del tribunal

 

Nuestra opinión

Claramente el fallo tiene contradicciones, al día de la protesta presentada por Paraná había jugadores de manera irregular, en el caso de Herrera, figuraba como entrado y no verificado porque Rosario Central no le había dado por terminado, y es muy normal en clubes profesionales que ello ocurra, pero un simple tramite de la Liga donde se encuentre el jugador ante el sistema de AFA, aportando pruebas como pases y concedidos, se puede arreglar en un par de días, de hecho en San Pedro ha ocurrido en varias ocasiones, pero siempre la liga dejó aclarado ante sus clubes la situación detallada de cada jugador y dando una habilitación, la que va acompañada con copia del pase otorgado, demostrando que lo del sistema (verificado, entrado) es solo un trámite administrativo que lleva un tiempo, en este caso Federación no solicitó que día y hora se trabajó en el sistema para dejar a esos jugadores en condiciones de jugar (dice el fallo «Ello sin que se advierta desincronización de fechas que pudieran hacer suponer algún tipo de irregularidad de sus registros» lo que no es así. Solo puede ver el administrador (la persona habilitada en la liga), no dejarse llevar por las fechas que a posterior se puede ver.  No dudamos que los pases se hayan hechos en tiempo y forma, más de parte de un club como Sp. Barracas con pasado en Torneos de AFA (Federal B), pero al momento de la protesta no cumplía con los requisitos que el reglamento de Federación solicitaba.

Hoy se puede ver de manera correcta la habilitación de ambos jugadores. Insistimos, en el caso de Herrera, que estaba como «entrado» y con el antecedente del Consejo Federal que enuncia el Tribunal, no se discute, pero en el caso de Alegre, no era la misma situación, más allá de los pases que pudiera haber de manera correcta, porque Paraná no expresa en su protesta que no pertenecen a Barracas, expresa que estaban en una situación irregular por la reglamentación del Torneo, donde en uno de sus artículos es muy claro de como estarán habilitados los jugadores al momento de actuar. 

Por ello expresamos que el fallo es un tanto desprolijo, tiene contradicciones. Federación nunca envío a las ligas participantes nada referente a que en situación contraria (verificado, entrado, etc en el sistema) los clubes tenían que avalar dichas incorporaciones con pases definitivos o a prueba, en caso que en el sistema no se pueda destrabar alguna situación anómala.

Por eso estamos convencidos que en el caso del jugador Alegre, el ente organizador, a través de su Tribunal de Disciplina no actuó de manera correcta, ya que la protesta elevada por el club sampedrino contaba con sustento al momento de realizarse.

El Clásico Deportes

 

 

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