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A partir de ahora quien dirija en cualquier Torneo de AFA deberá contar con título habilitante

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Si bien esta medida ya tuvo efecto en años anteriores en el Federal, no era obligatorio, pero a partir de los próximos certámenes que sean competencias oficiales de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) será una de las exigencias a tener en cuenta. No solamente deberán contar con el título, el mismo tendrá que estar actualizado en la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino (ATFA).

Los DT que quieran dirigir el Torneo Regional deberán tener el título de ATFA. El Consejo Federal informó que los entrenadores que participen en sus torneos deberán tener título oficial autorizado y corroborado por la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino.

 

DESPACHO No 12.558

Y VISTO:
La vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo No662/2013, suscripto entre la
Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino y la Asociación del Fútbol Argentino, que regula
la actividad de los Directores de Fútbol de la República Argentina
Y CONSIDERANDO:
Que es política de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) garantizar los
derechos consagrados en los Convenios Colectivos de Trabajo suscripto por la institución.
Que, en tal sentido, y respecto a los directores técnicos, en el contexto de
excepción causado por la Pandemia COVID-19, que obligó al Comité Ejecutivo de AFA a dictar
Resolución que da por finalizados todas las competencias organizada por la institución, el
Presidente Claudio Tapia suscribió con la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino (ATFA)
un acuerdo marco para prorrogar los contratos de directores técnicos que vencían el 31 de
junio del corriente.
Que la celebración del mencionado acto resultó oportuna para que AFA,
representada por su Presidente Sr. Claudio Tapia, y ATFA representado por su Apoderado, Sr.
Salvador Pasini, asumieran el compromiso de garantizar la aplicación del art. 5o del CCT
No662/2013 en todas las competencias organizada por AFA.
Que la mencionada norma dispone: “A partir de la fecha de la homologación
del presente convenio ninguna persona podrá ejercer la profesión de director técnico en
fútbol —sea ello en forma rentada o bien honoraria— sin haber realizado la carrera
completa y poseer el correspondiente título habilitante oficial, extendido y/o reconocido
por la “ATFA”, debidamente legalizado y registrado de acuerdo con las disposiciones de la
reglamentación oficial de la misma o la que en lo sucesivo “AFA” pudiera dictar”.
Que en ese contexto, a los fines de reafirmar el compromiso del Presidente de
AFA con la organización gremial, resulta necesario que el Consejo Federal del Fútbol
Argentino adopte una medida tendiente a exigir el cumplimiento de la citada norma en el
ámbito de las competencias por ella organizadas, ya sea el Torneo Federal A, el Torneo
Regional Federal Amateur, y todas aquellas competencias de divisiones menores, futsal y
fútbol femenino que se organicen en el ámbito de este organismo.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades conferidas en el Estatuto de
AFA y el Reglamento del Consejo Federal del Fútbol Argentino, el Presidente Ejecutivo del
Consejo Federal
RESUELVE:
Art. 1o: Disponer que respecto de todas las competencias que organiza el
Consejo Federal del Fútbol Argentino, ninguna persona podrá ejercer la profesión de director técnico en fútbol —sea ello en forma rentada o bien honoraria— sin haber realizado la carrera completa y poseer el correspondiente título habilitante oficial, extendido y/o reconocido por la “ATFA”, debidamente legalizado y registrado, conforme lo dispuesto por el art. 5to. Del CCT
No662/2013.-
Art. 2do. Comuníquese, y oportunamente archívese.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de mayo de 2020

Firman

Javier Treuque (Secretario General)-Pablo Toviggino (Pte. Consejo Federal y Tesorero de AFA).

 

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